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Se armoniza la Ley bajo una equivalencia funcional, con base en la Ley General de Archivos.

Las y los diputados de la LXIV Legislatura del Congreso del Estado, aprobaron el dictamen con Proyecto de Decreto, por el cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Archivos del Estado de Tlaxcala.

La reforma establece la formación de un Órgano de Vigilancia, así como de un Órgano de Gobierno, este último será un cuerpo colegiado de administración del AGHET,que, además de lo previsto en la Ley de las Entidades Paraestatales del estado de Tlaxcala y las disposiciones reglamentarias, contará con atribuciones como: evaluar la operación administrativa, así como el cumplimiento de los objetivos y metas del AGHET; emitir los lineamientos para el funcionamiento del Consejo Técnico y Científico Archivístico; y las demás previstas en otras disposiciones jurídicas aplicables.

El AGHET se determinó como un organismo público descentralizado no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía técnica y de gestión para el cumplimiento de sus atribuciones, objeto y fines; ya que éste se contemplaba como un organismo desconcentrado de la Contraloría del Ejecutivo.

En atención de los expedientes parlamentarios LXIV 064/2022, LXIV 225/2022, LXIV 228/2022 y el LXIV 010/2023, presentados en forma particular por el diputado Miguel Ángel Caballero Yonca, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la presidenta del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Tlaxcala (IAIP) y el diputado Rubén Terán Águila, se armoniza la Ley de Archivos del Estado de Tlaxcala, bajo una equivalencia funcional, con base en la Ley General de Archivos.

Los diputados Miguel Ángel Caballero Yonca y Rubén Terán Águila, llevaron a cabo la lectura del dictamen con Proyecto de Decreto; por su parte la diputada Blanca Águila Lima reconoció el trabajo de las iniciativas primarias de los citados legisladores que aseguró «robusteció la Ley de Archivos del Estado de Tlaxcala».

Este Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado. 

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